¿Los préstamos “gota a gota”, son un delito?


Por: JOSELYN MICHELLE ANTINORI D´ANGELO
Por: JOSELYN MICHELLE ANTINORI D´ANGELO

Cada vez escuchamos más noticias sobre ciudadanos que son víctimas de los conocidos “préstamos gota a gota”; por ese motivo, en el presente artículo buscamos advertir a la población debido a lo peligrosos que resultan los préstamos que se ofrecen sin garantías, ya sea por sus altos intereses o por las amenazas y extorsión a la que podrías ser sometido en caso no cumplas con pagar a tiempo una de las cuotas.

¿Qué son los préstamos gota a gota?

Son préstamos que se vienen ofreciendode manera rápida y sin que tengas que presentar algún documento, por lo que no hay requisitos que debas cumplir para que obtengas el monto de dinero que vienes solicitando. Sin embargo, si bien es cierto el dinero es entregado de manera rápida, los problemas comienzan cuando inicias el pago de las cuotas; ello porque los intereses son excesivamente altos, a tal punto que se vuelve imposible cumplir con el pago requerido. De los casos que se reportan, las víctimas -en su mayoría- son personas naturales y pequeños comerciantes.

¿Cómo operan los extorsionadores del gota a gota?

Pongamos dos ejemplos: 1) Una persona solicita un préstamo; el dinero es transferido a su cuenta bancaria; cumple con pagar unas cuotas; luego se retrasa, pero finalmente paga el monto total de la deuda; sin embargo, al revisar su cuenta aparece un nuevo monto de dinero procedente de la misma cuenta que le prestó el dinero, y al intentar devolverlo le dicen que debe pagar los intereses. En ese sentido se convierte en una cadena que nunca termina.

2) Luego de haber solicitado un préstamo, ante el incumplimiento de pago los extorsionadores inician amenazas; primero contra tu familia, contra tu centro de trabajo y luego atacan a todas las personas de tus redes sociales. De esa forma buscan presionarte para que cumplas con pagar sus altos intereses.

¿Qué delitos cometen los que realizan los cobros del gota a gota”?

-El delito de extorsión, sancionado en el artículo 200º del código penal, con una pena privativa de libertad no menor de diez ni mayor de quince años. La pena se incrementa si la violencia es cometida a mano armada o participan dos o más personas.

– El delito de Banda Criminal, sancionado en el artículo 317°-B del código penal, con una pena privativa de libertad de no menor de cuatro ni mayor de ocho años.

Si eres víctima de este tipo de extorsión o conoces a alguien en esta situación, debes contactar de inmediato a un abogado penalista, porque estas personas no solo amenazan sino que atentan contra la vida de las personas.

Como reflexión, debemos recordar que pese a afrontar situaciones adversas Jesús dijo: “Yo estoy con vosotros, todos los días hasta el fin del mundo” (Mt. 28:20).

En el Estudio Jurídico Antinori D´Angelo brindamos un asesoramiento de calidad, con el objetivo de que nuestros clientes obtengan un resultado favorable. Nuestro número de contacto es el 967275471 o pueden visitarnos en nuestro estudio jurídico ubicado en la Urb. Natasha Alta, MZ “P”, Lote 8, 2do piso – oficina 202, al lado del Poder Judicial. Los esperamos.