¿Los empresarios pueden ser denunciados por un delito de corrupción?


Por: JOSELYN MICHELLE ANTINORI D´ANGELO
Por: JOSELYN MICHELLE ANTINORI D´ANGELO

Si, los empresarios pueden ser denunciados penalmente por un delito de corrupción de funcionarios. Principalmente, estos delitos buscan sancionar a los funcionarios o servidores públicos quienes deben actuar conforme al deber que importe el cargo confiado; sin embargo, anteponen sus intereses particulares ante los intereses y pretensiones estatales. Lo que se sanciona, mediante estos delitos, es el abuso de poder del sujeto activo que interviene por cuenta y en nombre del Estado en un negocio jurídico de contenido económico.

¿En qué situaciones un empresario puede cometer el delito de colusión?

Ejemplo 1: En medio de un proceso de contratación de bienes, servicios u obras, un empresario X postula, presenta todos sus papeles; sin embargo, durante el proceso de contratación negocia con los funcionarios encargados de otorgar la buena pro para que gane el proceso y no se siga el procedimiento establecido en la Ley de Contrataciones del Estado. Con ello, podrá incumplir los plazos, no presentará una garantía, no habrá controles sobre los avances de la obra; es decir, el Estado resultará perjudicado mientras el empresario saldrá favorecido.

Ejemplo 2: Desde antes del proceso de contratación los empresarios acuerdan con los funcionarios públicos que le otorgarán a su empresa la buena pro; de esa manera la convocatoria se desarrolla con falta de rigor, objetividad y con un marcado favoritismo hacia determinado proveedor. El acuerdo colusorio puede llegar hasta las más altas esferas del poder, esto es un Ministro, un Gerente o un Alcalde.

¿Cuáles son las sanciones establecidas en el Código Penal por el delito de colusión en el artículo 384 del Código Penal?

El funcionario o servidor público que concierta con los interesados para defraudar al Estado, o entidad u organismo del Estado, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años.

El funcionario o servidor público que mediante concertación con los interesados, defraudare patrimonialmente al Estado será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de quince años.

*Las mismas penas se aplican para los empresarios que intervienen en el delito de colusión.

¿Qué documentos se debe presentar durante el proceso de investigación?

Si en tu calidad de empresario, has sido denunciado por el delito de colusión, lo primero que debes hacer es presentar todos los documentos relacionados al proceso de contratación que tengas en tu poder y, en base a ello, tu abogado penalista deberá elaborar la mejor estrategia de defensa que te permita obtener la absolución de todos los cargos.

En el Estudio Jurídico Antinori D´Angelo ayudamos a nuestros clientes desde el inicio de la investigación hasta el final. Nuestro número de contacto es el 967275471, o pueden visitarnos en nuestro estudio jurídico ubicado en la Urb. Natasha Alta, MZ “P”, Lote 8, 2do piso – oficina 202, al lado del Poder Judicial. Los esperamos.