Alcances sobre el delito de peculado


Por: JOSELYN MICHELLE ANTINORI D´ANGELO
Por: JOSELYN MICHELLE ANTINORI D´ANGELO

Se ha presentado una denuncia por el delito de peculado doloso contra la congresista Patricia Chirinos, quien valiéndose de su cargo de congresista habría -en calidad de cómplice- realizado acciones que contribuyeron a los fines de la organización criminal presuntamente liderada por la ex Fiscal de la Nación Patricia Benavides. Su participación habría consistido en: 1) captar votos de congresistas para remover a los integrantes de la Junta Nacional de Justicia, y 2) presentar una denuncia por prevaricato contra los jueces que concedieron una medida cautelar en favor de los integrantes de la Junta Nacional de Justicia.

¿En qué consiste el delito de Peculado?

Es cuando un funcionario se apropia o usa ilegalmente los bienes y recursos del Estado que recibe o administra. Este delito afecta el patrimonio del Estado.

El delito de peculado pertenece al grupo de delitos que atentan contra el correcto funcionamiento de la Administración Pública. El bien jurídico se conforma por los principios que rigen el ejercicio de la función pública, tales como: transparencia, imparcialidad, independencia, eficiencia, gratuidad, entre otros.

¿Cuáles son las modalidades en que se puede cometer este delito?

1.Peculado doloso: el funcionario se aprovecha de su cargo y usa o se apropia indebidamente de bienes públicos para él o un tercero.

2.Peculado culposo: se da por negligencia de un funcionario que facilita o permite que otra persona sustraiga dinero u otros bienes del Estado.

Asimismo, se divide en 1) Apropiación, lo cual implica la disposición de los bienes de la Administración como si el autor del delito fuese propietario; esto se puede concretar acrecentando su masa patrimonial, vendiendo, o alquilando, entregando a terceros bienes que le pertenecen al Estado; y 2) Utilización, que se realiza de forma temporal; es decir, no existiría el ánimo de apoderarse de los bienes sino de aprovecharlos en beneficio propio o de terceros.

El delito de peculado solo puede ser cometido por servidores o funcionarios públicos, quienes actúan con el propósito de apropiarse de bienes que le pertenecen al ESTADO, ya sea en beneficio personal o de un tercero. Por ese motivo, es muy importante elegir bien a nuestros líderes políticos ya que una vez en el poder pueden ser corrompidos y terminar saqueando al Estado.

«El poder tiende a corromper; el poder absoluto corrompe absolutamente».

(Lord Acton)

En el Estudio Jurídico Antinori D´Angelo estamos preparados para llevar casos de corrupción de funcionarios, tenemos todas las herramientas legales para defender a nuestros clientes. Nuestro número de contacto es el 967275471, o pueden visitarnos en nuestro estudio jurídico ubicado en la: Urb. Natasha Alta, MZ “P”, Lote 8, 2do piso – oficina 202, al lado del Poder Judicial, en la ciudad de Trujillo. Los esperamos.