La obligación en el Perú de conocer la Ley # 29783: Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo


Por: Mg. FRANK CÁRDENAS A.
Especialista en gestión de riesgos.
CLAD # 6773
Teléfono 948318266

La Ley # 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST), fue promulgada el 19 de agosto del 2011 durante el gobierno del presidente Ollanta Humala; luego se promulgó su reglamento con el Decreto Supremo 005-2012-TR, aprobado el 24 de abril de 2012. Ha pasado mucho tiempo hasta la actualidad y pese a que la referida Ley de SST otorgaba plazos para que las empresas, instituciones, municipalidades, fuerzas policiales, fuerzas armadas, etc., implementen todos sus requisitos y exigencias, todavía no se ha terminado de cumplir con lo establecido en esta ley de alcance nacional.

En el Perú, el fundamento principal para contar con esta Ley de SST y su reglamento es integrar esfuerzos y conformar un trabajo conjunto entre el Estado, las empresas y los trabajadores con el objetivo de prevenir los riesgos de los accidentes de trabajo y enfermedades ocupacionales, aplicando siempre la mejora continua.

En este primer artículo voy a presentar los extractos más importantes de la referida Ley # 29783 de SST, con el fin de conocer el objeto, ámbito de aplicación y normas mínimas:

Artículo 1: Objeto de la Ley

La Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo tiene como objetivo promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país. Para ello, cuenta con el deber de prevención de los empleadores, el rol de fiscalización y control del Estado y la participación de los trabajadores y sus organizaciones sindicales, quienes a través del diálogo social, velan por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa sobre la materia.

Artículo 2: Ámbito de Aplicación

La presente Ley es aplicable a todos los sectores económicos y de servicios; comprende a todos los empleadores y los trabajadores bajo el régimen laboral de la actividad privada en todo el territorio nacional, trabajadores y funcionarios del sector público, trabajadores de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, y trabajadores por cuenta propia.

Artículo 3: Normas Mínimas

La presente ley establece las normas mínimas para la prevención de los riesgos laborales, pudiendo los empleadores y los trabajadores establecer libremente niveles de protección que mejoren lo previsto en la presente norma.

Como podemos notar en el detalle de estos tres artículos, es muy importante considerar el porqué de la ley, hasta donde es su alcance, el que se debe ser proactivos y no conformarse sólo con lo establecido en la Ley, sino también aplicar siempre la mejora continua en la SST.

Continuaremos profundizando en la esencia de esta importante Ley # 29783 de SST y su reglamento, para promover y fomentar el conocimiento general en el menor tiempo posible.